lunes, 1 de septiembre de 2014

¿Y quién defiende a la Administración Pública? El concurso unificado de comunicaciones de la AGE




Hace unos días, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) publicaba un informe sobre uno de los proyectos estrella del Director TIC de la AGE: el concurso unificado de servicios de telecomunicaciones.

En estos pliegos, muchos teníamos grandes esperanzas, ya que era la primera pica en Flandes. La primera gran medida en que la AGE empezaba a tener proyectos comunes y empezaba actuar como un único ente. Así, queríamos que el trabajo realizado por muchos de nuestros compañeros fuera el canon al que todo el mundo se refiriera pasados los años.

Ni que decir tiene que el citado pliego tiene una gran complejidad técnica, de volumen, de gestión, administrativa, ... Y a esa problemática se ha unido las consideraciones de la CNMC.

Al hilo del ejercicio de la competencias consultivas de la CNMC en aplicación del artículo 5.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ("La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia actuará como órgano consultivo sobre cuestiones relativas al mantenimiento de la competencia efectiva y buen funcionamiento de los mercados y sectores económicos. En particular, podrá ser consultada por las Cámaras Legislativas, el Gobierno, los departamentos ministeriales, las Comunidades Autónomas, las Corporaciones locales, los Colegios Profesionales, las Cámaras de Comercio y las Organizaciones Empresariales y de Consumidores y Usuarios"), el resumen del informe se puede leer en el mismo extracto de la nota de prensa: "Recomienda reconsiderar la duración del contrato, no realizar ofertas integradoras y potenciar la adjudicación con criterios objetivos como el precio".


Sin ánimo de ser exhaustivo en el análisis del informe, me gustaría además de comentar ese mínimo resumen, resaltar los siguientes puntos (y siempre recalcando que el informe emanado tiene no tiene carácter vinculante):
  • En el informe se puede leer: "Por ejemplo, si el sector público genera eventuales distorsiones en los mercados al actuar como demandante, dichas distorsiones serán precisamente inferiores cuanto menor sea el volumen de recursos invertido por parte del Estado en este tipo de licitaciones."
    • Esta reflexión entiendo que es uno de los pilares en los que se basa la recomendación de partir el contrato en un mayor número de lotes (junto con "no realizar ofertas integradoras [..] debido a los riesgos para la competencia efectiva entre operadores y en aras a garantizar una libre concurrencia en el acceso a la licitación"), de forma que el importe de los mismos sean menores, y los adjudicatarios previsiblemente distintos, al existir una mayor competencia por la facilidad de encontrar más empresas que puedan cumplir los requisitos exigidos a lotes de menor cobertura. 
    • Parece que lo que se pretende es que el impacto de los contratos de las AAPP influyan poco en el mercado, cuestión que uno no entiende que tenga que tener en cuenta la AAPP cuando realiza un contrato. Uno siempre pensaba que las AAPP tenían que cumplir el artículo 103 del Título VI de la Constitución Española (La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho). Ahora también se debe tener en cuenta los efectos de nuestras contrataciones en el mercado. Y ese efecto, ¿está por encima de la eficacia?, ¿podemos llegar a contratar peores servicios o más caros por mor de conservar la competitividad y el mercado?. ¿Quién analiza el efecto de primar la competitividad sobre el servicio contratado o el efecto sobre la AAPP contratante (más lotes, mayores adjudicatarios, mayor número de funcionarios controlando más contratos, más labor en tareas de facturación, intervención, ..)? ¿Ese tipo de informes se hacen públicos para que la opinión pública conozca el entorno completo y no solo la parte que le toca a la competencia? 
    • Y una pregunta sobre la que no tengo respuesta: ¿no existe ningún concurso licitado por una empresa privada en que ponga también en entredicho el funcionamiento de un mercado?, ¿entraría también la CNMC a valorarlo?
  • También se pide reconsiderar la duración del contrato (4 años renovables). En temas TIC, cuando menos tiempo se contemple en la duración de los concursos, menores serán las inversiones ya que será más difícil amortizarlas y por tanto, el servicio será de peor calidad y con menos recorrido tecnológico. Eso sin entrar a que si la duración es menor, antes habrá que volver a licitarlo, con la consiguiente utilización del tiempo de los funcionarios implicados, tiempo que tendrá su coste económico aunque solo sea por que dejarán de hacer otras tareas.

  • Realiza una crítica respecto de las posibles modificaciones a ser realizadas dentro de la cobertura del concurso, ya que las considera muy abiertas. Supongo que en un pliego de estas características es complicado el poder reflejar todas esas posibles ampliaciones y lo que se busca es un entorno en el que se tenga cierta flexibilidad de actuación y que se pueda acomodar a las necesidades cambiantes de la AGE. Valorando que en un contrato público, todo debe quedar atado y bien atada, si en el tema de las TIC es difícil prever las necesidades futuras y eso implica que el concurso tenga ciertas carencias, ¿no sería necesaria una reflexión de si no sería mejor que la propia AGE tuviera una red de comunicaciones propia al estilo de lo que propone @edans
  • En temas más técnicos, propone separar la red de datos del servicio de telefonía (al "estilo" de la gestión ferroviaria con ADIF, RED eléctrica, las carreteras o el espacio radioeléctrico: el estado es dueño del medio de transporte y por encima quién quiera comercializa los servicios correspondientes).
  • En el informe se habla mucho de las convergencia tecnológica y sin embargo no propone una convergencia fijo móvil, lo cual no deja de sorprender.
  • También se propone separar la compañía que proporciona los servicios de telefonía móvil con la compañía que proporcione los terminales. El sueño húmedo de Apple y Google: tener la relación directa con el usuario final sin pasar por el operador. 


En el fondo, sin dejar de valorar los esfuerzos de la CNMC por conseguir que los grandes contratos de las AAPP no alteren el ecosistema del mercado privado, uno echa en falta la otra parte del reverso: conocer las causas por las que esos contratos deben ser (si es que así lo determinan los técnicos) de larga duración, con ofertas integradores y que cumplan los requisitos técnicos de la AAPP aunque existan pocos que los puedan cumplir. ¿Queremos conservar el mercado o queremos unas AAPP que cumplan con sus objetivos constitucionales al menor precio posible?

No hay comentarios:

Publicar un comentario